Considerando: 1. Tabulador de Sueldos Mín. para Profesionales CIV de Marzo 2020
2. Exámenes + consulta médica LOPCYMAT: P.U. Bs. 2.110.578
3. Metodología utilizada por el DAC en las Guías Referenciales de Costos
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Ciertamente, es el cálculo que empleamos en el DAC para calcular el FCAS de un profesional (o un trabajador no cubierto por contratación colectiva).
En el caso en cuestión se presume que el trabajador es asalariado y forma parte de la nómina (empleado) y el cálculo se efectúa en el primer año de servicios.
Un pequeño ajuste se podría hacer en las prestaciones y en la indemnización (art. 92) ya que puede utilizarse, en principio, el mínimo requerido por ley, el cual es de 30 días. En nuestros cálculos utilizamos 60 días de prestaciones como mínimo (hay empresas que otorgan más). Así que allí podría haber una pequeña variación.
Otro valor, que influye mucho en el cálculo, es el referido a la LOPCYMAT. Aquí diferimos cuantiosamente. En nuestros cálculos lo tenemos en Bs. 54.487.608,70 (este monto es estimado, tendríamos que verificarlo para la nueva edición de visor que estamos preparando) por una consulta médica en el lugar de trabajo, 1 perfil 20, 1 radiografía de tórax y los exámenes de heces y orina, todos efectuados en una clínica de nivel medio como por ejemplo el Centro Diagnóstico Las Mercedes o cualquier laboratorio reconocido, opciones que no son necesariamente las más económicas.
Es obvio que la diferencia en días pagados será muy superior a la señalada en tu ejemplo (110 en vez de casi 5) y esto eleva considerablemente el FCAS, el cual en nuestro caso es de 214%
Actualmente estamos revisando este cálculo para los profesionales que perciben un pago mensual como honorarios profesionales, en el cual media un precio fijo por un trabajo y que no son trabajadores de nómina o empleados, pero que sin embargo reciben beneficios por la ley del trabajo.
Me gustaría que ahondáramos un poco más sobre los costos de los exámenes médicos, que inciden tan negativamente en el FCAS.
Saludos y bienvenido al foro!!
Ing. Francisco J. Castanedo Jordán
Departamento de Análisis y Costos
Colegio de Ingenieros de Venezuela, Caracas.
03-31-2020, 02:41 PM (Última modificación: 05-25-2020, 10:55 AM por Valmore Tello.)
Hola Ing. Francisco,
Agradecido por sus valiosos comentarios.
En referencia al posible ajuste en las prestaciones sociales (Art. 142 LOTTT) e indemnización (Art. 92 LOTTT), según mi interpretación de la ley, el valor de 30 días proviene de la aplicación del Art. 142 literal "c". No obstante, el literal "d" condiciona y vincula lo calculado en los tres primeros literales (a,b,c), favoreciendo el monto calculado que resulte mayor. Treinta (30) días de prestaciones sociales por el literal "a" está asociado a seis meses de trabajo. Sesenta (60) días de prestaciones sociales por el literal "a" está asociado a doce meses de trabajo. En el cálculo del FCAS los beneficios de ley son calculados en base a doce meses de trabajo.
Garantía y cálculo de prestaciones sociales según Art. 142 LOTTT. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la siguiente manera:
a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.
b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario.
c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.
d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.
e) Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pago generará intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país.
Adjunto una tabla que prepare sobre el Art. 142. LOTTT
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Posteriormente le escribiré sobre los costos de los exámenes médicos. Saludos. VT
En referencia al costo de los exámenes médicos, se considero lo siguiente:
1. Fuentes consultadas: Centro de Especialidades Anzoategui
2. No se considero perfil 20 por su alto costo.
3. Precios consultados antes del 10 de Marzo
Bs. 315.000 ... Hematología
Bs. 592.000 ... Radiografía de tórax,
Bs. 225.000 ... Examen de heces
Bs. 225.000 ... Examen de orina
Bs. 753.578 ... Consulta médica Lopcymat (valor estimado)
Bs. 2.110.578 TOTAL
En relación a los exámenes médicos, sabemos que en Caracas, que es donde tomamos nuestras muestras, son mucho más costosos que en el interior. Adicionalmente siempre tratamos de tomar las muestras de institutos de nivel medio, es decir, reconocidos pero sin ser los más costosos. De esta manera tomamos en cuenta las preferencias de algunas empresas en cuanto a la calidad de los exámenes a realizar a su personal.
También pesa el hecho de que no podemos suponer que automáticamente todas las empresas tendrán/querrán acceso a los laboratorios más económicos ni podemos asumir que las obras se encuentren físicamente dentro de la ciudad, pudiendo estar en los alrededores a distancias mayores a 25 km.
Igualmente, tenemos que velar por que los costos utilizados sean en lo posible un punto medio entre lo que espera el contratista y lo que espera el contratante. Debe no sólo satisfacer a ambas partes sino que además permita cierta flexibilidad económica razonable al contratista. Esto ha sido siempre una de las máximas que utilizamos en el departamento para seleccionar los costos de los insumos de la construcción y en este caso los utilizados para calcular el FCAS.
Igualmente debo señalar que el FCAS calculado por el DAC es solo referencial y como tal no puede ser tomado como valor a utilizar en cada obra. Para eso deben los contratistas calcular su propio FCAS, contratando a profesionales reconocidos o calculándolo ellos mismos (con la participación de un profesional en el área).
En cuanto a el contenido de la LOTTT, es verdad que ha cambiado y se ha hecho más complejo el cálculo individual de las prestaciones y la indemnización correspondiente y ello conlleva una revisión en el corto plazo de la manera en que se calcula en el FCAS. Pero mientras eso se hace, creemos que la forma elegida (60 días de prestaciones, 60 días de indemnización) cubre perfectamente la mayoría de los casos de la vida real y, aunque no son exactas, si son una buena estimación a utilizar.
Pero como siempre digo, todo está sujeto a revisión.
Ing. Francisco J. Castanedo Jordán
Departamento de Análisis y Costos
Colegio de Ingenieros de Venezuela, Caracas.
Actualización: 1. Tabulador de Sueldos Mín. para Profesionales CIV de Septiembre 2020
2. Exámenes + consulta médica LOPCYMAT: P.U. Bs. 8.350.968 (estimado)
3. Metodología utilizada por el DAC en las Guías Referenciales de Costos
Nota: Para poder ver y descargar el archivo adjunto, debes estar registrado e iniciar sesión.
A fin de poder evaluar en cuanto se incrementa el FCAS al utilizar perfil 20 en lugar de exámenes de laboratorio básicos (hematología, examen de heces, examen de orina) y radiografía de torax, se plantean las siguientes premisas:
Datos:
1. Tabulador de Sueldos Mín. para Profesionales CIV de Septiembre 2020
2. Exámenes de laboratorio (Perfil 20): P.U. Bs. 25.990.000 (opción 1) * 3. Exámenes de laboratorio (Perfil 20): P.U. Bs. 42.562.645 (opción 2) * 4. Metodología utilizada por el DAC en las Guías Referenciales de Costos